Norma de calidad para el pan
Desde el 1 de abril es de aplicación el límite máximo del contenido en sal del artículo 11.2 del Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan.
Artículo 11. Materias primas y otros ingredientes.
Todas las materias primas, ingredientes y aditivos que se utilicen en la elaboración del pan, deberán cumplir las disposiciones que les sean de aplicación.
- Materias primas básicas: harina, agua, levadura de panificación o masa madre y sal.
- Ingredientes del pan común:
- a) Salvado.
- b) Sémolas, grañones y granos enteros, únicamente en el pan integral.
- c) El contenido máximo de sal permitido en el pan común, como producto acabado, debe ser de 1,31 gramos por 100 gramos de pan (13,1 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,52 g de sodio por 100 g de pan) si se analiza mediante determinación de cloruros o de 1,66 gramos de sal por 100 gramos de pan (16,6 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,66 g de sodio por 100 g de pan), si se analiza mediante determinación de sodio total.
(…)
Disposición transitoria segunda. Contenido máximo en sal.
El límite máximo de contenido en sal establecido en el artículo 11.2 será obligatorio a partir del 1 de abril de 2022.
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