El pasado 25 de abril de 2019 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2019/649 de la Comisión, de 24 de abril de 2019, que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n° 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las grasas trans, que no sean las grasas trans presentes de forma natural en las grasas de origen animal, limitando su presencia en los alimentos a un máximo de 2 gramos por cada 100 gramos de grasa.
El alcance del Reglamento se refiere a las grasas industriales y excluye las grasas presentes de forma natural en las grasas de origen animal, estableciendo un límite no superior a 2 gramos por cada 100 gramos de grasa.
Afecta a los alimentos destinados al consumidor final y a los alimentos destinados al suministro a minoristas.
También establece la obligación de transmitir información entre operadores, sobre los niveles de grasas trans, cuando se supere ese límite, para garantizar así su cumplimiento en el producto acabado.
Este reglamento, que entró en vigor el 15 de mayo de 2019, permitía un periodo transitorio para que las industrias pudieran adaptarse a este límite, pudiendo entre tanto comercializarse los alimentos que no lo cumplieran. Período transitorio que finaliza el próximo 1 de abril de 2021.